canarias

Muchos de los problemas ambientales de la actualidad, incluido en gran parte las causas del Cambio Climático, vienen dados debido a la actitud de las personas con respecto a su entorno.

De ahí que los Gobiernos se esfuercen en cambiar ésta actitud a través de programas que eduquen y mentalicen a los ciudadanos sobre dichos problemas.

Siguiendo este principio, la Ley 7/1991, de 30 de abril, de símbolos de la naturaleza para las Islas Canarias, establece símbolos animales y vegetales tomados de la naturaleza para cada una de las islas del archipiélago, y para toda la región con el objeto de que, a través de su empleo en actividades escolares, en el protocolo y del que hagan los ciudadanos y las empresas, tales símbolos sirvan para aproximar los valores naturales del archipiélago a sus habitantes y conseguir, de este modo, un mayor respeto y cariño por los mismos y por el entorno.

Artículo Único.

1. Se establece para cada isla canaria y para el archipiélago en su conjunto, los siguientes símbolos, tomados de la naturaleza:

Para el archipiélago canario:

El canario (serinus canarius canarius)

La palmera canaria (phoenix canariensis)

Para El Hierro:

El lagarto gigante (gallotia simonyi machadoi)

La sabina (juniperus phoenicea)

Para La Gomera:

La paloma rabiche (columba junoniae)

El viñatigo (persea indica)

Para La Palma:

La graja (pyrhocorax pyrhocorax)

El pino canario (pinus canariensis)

Para Tenerife:

El pinzón azul (fringilla teydea teydea)

El drago (dracaena draco)

Para Gran Canaria:

El perro de presa canario (canis familiaris)

El cardón (euphorbia canariensis)

Para Fuerteventura:

La hubara o avutarda (chlamydotis undulata fuerteventurae)

El cardón de Jandía (euphorbia handiensis)

Para Lanzarote:

El cangrejo ciego (munidopsis polymorpha)

La tabaiba dulce (euphorbia balsamifera)

2. El Gobierno de Canarias, en colaboración con los Cabildos insulares se encargará de la promoción de estos símbolos y de su difusión.